Vender mi parte, acciones o participaciones de la empresa

Vender acciones o participaciones de una empresa es una operación que requiere seguir una estrategia adecuada, para obtener mayor beneficio y evitar posibles inconvenientes.  Es necesario conocer el respectivo marco legal, y estudiar con detenimiento los estatutos de la sociedad. También hay que contemplar en marco tributario que aplica en estos casos. Por ello, si te preguntas como puedes vender tu participación en una empresa, la respuesta la consigues a continuación.

¿Qué se puede vender de una empresa?

En primer lugar, debes entender que una empresa es una entidad conformada por varias personas físicas que posee una personalidad jurídica. Para facilitar el reparto de los derechos y las obligaciones sobre una empresa, se suele dividir el capital de la misma en participaciones o acciones. Y estas últimas son lo que todo socio de una empresa puede vender, siempre que lo haga respetando los términos señalados en los estatutos de la sociedad.

Por lo anterior, a nivel de sociedad lo que se vende de una empresa son sus participaciones o acciones. Con ello, quien las compras adquiere los derechos y obligaciones que los estatutos de la misma indican.

¿Por qué aquí hablamos de participaciones y acciones, como si fuesen dos cosas diferentes? Porque a pesar de que en lenguaje común suelen usarse como sinónimos, realmente hay una diferencia entre ellas:

  • Las participaciones sociales no están representadas por títulos de valores. En España, las participaciones se emplean en las sociedades limitadas.
  • Las acciones sí están representadas por títulos de valores. En España, las acciones se emplean en las sociedades anónimas.

¿Cómo puedo vender mi parte de la empresa?

En materia de ventas de una parte de la empresa, hay que aclarar que el contrato de compraventa suscrito entre las partes puede no producir efectos sobre la sociedad.  Por ejemplo, si dicho contrato vulnera la Ley de Sociedades de Capital o los estatutos de la empresa, la sociedad puede decretar su invalidez.

Por otra parte, debes entender que la no validez del contrato ante la sociedad, no invalida el contrato entre las partes. Es decir, el vendedor debe responder legalmente ante el comprador por los perjuicios ocasionados por la operación infructuosa. Y el primero podrá demandar al segundo, no solo para recuperar el capital de la operación, sino para resarcir otros daños colaterales ocasionados.

Por lo anterior, es importante que cuando participes en una operación de compraventa de una empresa, cuentes con la asesoría de expertos en el área. En Kaizen Capital te ofrecemos nuestra experticia en este tipo de operaciones.

En cuanto a los requisitos formales a cumplir, con el fin de que una compraventa de participaciones tenga total eficacia jurídica ante terceros, la Ley de Sociedades de Capital exige que la transmisión se efectúe en un documento público. A pesar de que la compraventa también sería válida si se suscribiera en contrato privado, la función principal de la escritura pública es la fijación de los derechos y obligaciones de las partes. Lo cual se conoce como seguridad jurídica preventiva, y se abrevia en evitar pleitos posteriores.

¿Cómo vender tu parte de una sociedad limitada y su precio?

Una sociedad limitada es por esencia una asociación de pocas personas, en la que se privilegia las relaciones entre los mismos. En este caso, la ley regula para impedir que sujetos extraños y desconocidos por los restantes socios puedan entrar a formar parte de la sociedad. Y justo por ello es que les otorga a los socios un derecho de adquisición preferente.

Luego, cuando deseas vender tu parte de una sociedad limitada, debes seguir los siguientes pasos:

  • Revisa los estatutos sociales. Los estatutos sociales te indican cuál es el procedimiento a seguir para poder vender las participaciones a alguien que esté interesado en adquirirlas. Sin embargo, no olvides que dicho procedimiento debe estar igualmente ajustados a la Ley de Sociedades de Capital, ya que en caso contrario se considerarán nulos.
  • Si vendes a otro socio, a su cónyuge, hijos, padres o sociedades pertenecientes al mismo grupo, puedes efectuar la venta sin el consentimiento de la Junta de Socios. A menos que los estatutos de la sociedad limitada explícitamente impida dicha venta.
  • Si vendes a otro sujeto diferente a los antes señalados, estás en la obligación de comunicar tu intención a la junta de la sociedad limitada. Debes indicar el número y las características de las participaciones que deseas traspasar, la identidad del adquirente, y los demás datos de la operación. La sociedad te comunicará si algún o algunos socios están interesados en comprar tu participación, en condiciones similares a la de tu oferta. De haber interés por parte de los socios deberás venderles a ellos; en caso contrario podrás hacerlo al tercero.

Cabe destacar que si la junta se niega a consentir tu venta, debe comunicártelo por conducto notarial. Allí he de notificar la identidad de los socios que están interesados en comprar tu participación. Dicha comunicación la debe realizar en un plazo máximo de un mes, transcurridos desde el momento en que se celebró la Junta de Socios.

El precio de la participación se obtiene multiplicando el porcentaje que representa la participación en venta  sobre el capital global de la sociedad, por el valor de la empresa en el mercado.

Cómo hacer una venta de acciones de una empresa

Contar con la asesoría de expertos permite una venta satisfactoria para todas las partes involucradas.

¿Cómo hacer una venta de acciones de una empresa?

Por su naturaleza, las sociedades anónimas son sociedades abiertas, que se crean cuando se da una necesidad de gran capital y una transmisión de las acciones libre. Por ello, las restricciones de su traspaso son bastantes permisibles, sobre todo cuando se comparan con las de una sociedad limitada.

La transmisión o compraventa de las acciones se produce en conformidad a los principios generales del ordenamiento español, según sea el caso:

  • Si las acciones son al portador, hay que actualizar la tradición del documento para que se genere su transmisión.
  • Si las acciones son nominativas, su transmisión debe inscribirse en el Libro de Registro. Antes que ocurra dicha inscripción, la transmisión puede reflejarse en el propio título a través de un endose, al que se aplican las normas de la Ley Cambiaria y de Cheque. Presentado dicho título endosado a los administradores, estos deberán inscribir la transmisión en el libro.

Venta de participaciones o acciones en una empresa familiar

La venta de las participaciones o acciones en una empresa familiar es procedimentalmente igual a la de cualquier otro tipo de sociedad. Ahora bien, dado que estas son empresas que por su naturaleza se conforma por una asociación de familiares, hay que tener algunas consideraciones particulares.

En España, la mayoría de las empresas familiares tienen la figura de una sociedad limitada, y ello implica que para vender debes obtener el permiso de un grupo de socios. Y dada la naturaleza de la empresa, es muy posible que aquellos te lo nieguen, si el comprador es una persona ajena dicho grupo. Es más, en casos muy extremos puede que los mismos estatutos bloqueen la venta a alguna persona que no posea lazos familiares con los socios.

Sin embargo, recuerda que aún bajo dichas condiciones, puedes proponer la venta para que algún familiar-socio ejerza el derecho de adquisición preferente.  O simplemente, desde un principio ofrecerle a dicho socio la venta de tus participaciones.

En una empresa familiar conformada como sociedad anónima, es más sencillo vender tus acciones, ya que la junta no puede bloquear tu venta. Sin embargo, siempre es mejor respectar al resto de la familia, y venderla solo a una persona afín al grupo familiar.

Venta de participaciones o acciones en una empresa familiar

Cuando uno de los socios de una sociedad limitada quiere vender sus acciones, los otros accionista gozan de derecho de adquisición preferente.

¿Se puede obligar a un socio a vender sus participaciones o acciones?

En las sociedades limitadas no se puede obligar a un socio a vender sus participaciones, aunque sí está permitido excluirle de la misma. Y es muy probable que un socio que va a ser echado tenga la voluntad de vender su participación, para así no perder el valor monetario que significa su participación.

La Ley de Sociedades de Capital establece en el artículo 350, las causas por las que se puede excluir a un socio cuando:.

  • Incumpla voluntariamente la obligación de realizar prestaciones accesorias, es decir, aquellos deberes adicionales que había pactado con la sociedad.
  • Sea a su vez administrador, e incurra en competencia desleal hacia la propia sociedad.
  • El socio administrador sea condenado por sentencia firme a indemnizar a la propia sociedad, por daños y perjuicios.

El procedimiento a seguir inicia con la convocatoria de la Junta General para acordar la exclusión del socio. Y en dicha convocatoria, los poseedores de al menos  2/3 del capital social deben aprobar la exclusión del socio. Y en el caso que el socio a expulsar posea una participación mayor al 25%, adicionalmente se requiere una resolución judicial firme.

En cambio, en las sociedades anónimas se suele incluir una cláusula llamada derecho de arrastre (Drag Along), que protege los intereses de los accionistas ante la salida de un socio mayoritario. Dicha cláusula puede obligar a los socios minoritarios a vender su participación, cuando un tercero desee comprar la totalidad del capital social. Ya que impide que algún socio minoritario ponga trabas u obstaculice la venta en dicho caso.

La cláusula de derecho de arrastre generalmente establece ciertos parámetros de actuación, tales como:

  • El período de ejercicio del derecho.
  • Precio mínimo de venta sobre el cual están los socios obligados a vender.
  • Opción que tienen los socios restantes de homologar la oferta.
  • Cláusulas para penalizar el incumplimiento a estos acuerdos.

Luego, en aquellas sociedades anónimas que incluyen entre sus estatutos el derecho de arrastre, determinados socios si tienen la potestad de obligar a otros a vender sus acciones.

Si un socio quiere vender su parte de la empresa

En este caso el procedimiento de venta es similar a los antes señalados, ya que seas tú u otra persona, lo que cuenta es que ambos participan en la sociedad. Sin embargo, como puede ocurrir que posean diferentes cantidades de participaciones o acciones, es posible que uno y otro tengan diferentes limitaciones.

Si estás en una sociedad limitada y uno de tus socios desea vender sus participaciones, entonces puedes ejercer tu derecho de adquisición preferente. Ello en el caso que dichas participaciones sean de tu interés, porque deseas aumentar tu presencia en la sociedad. Además, mayor cantidad de participaciones generalmente aumenta tu poder de decisión dentro de la empresa.

En cambio, si se trata de una sociedad anónima, no tienes el derecho de adquisición preferente, a menos que así lo indiquen los estatutos de la sociedad. Por ello, si te interesan las acciones puestas en venta por un socio, debes simplemente hacer una oferta mejor por ellas.

Por último, debes estar atento a que el socio que promueve la venta de sus acciones pueda o no poseer un derecho de arrastre. Ya que si lo tiene, puede usarlo para obligarte a vender tus acciones.

Cómo tributa la venta de acciones de una empresa

La venta de acciones o participaciones de la empresa genera el pago de impuestos directos.

¿Cómo tributa la venta de acciones de una empresa?

La venta de participaciones sociales, ya sea total o parcial, está exenta del pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y del Impuesto sobre el Valor añadido (IVA). Sin embargo, para evitar las compraventas de bienes inmuebles eludiendo el pago de tributos, si están sujetas las dos siguientes transmisiones:

  • Las transmisiones de participaciones sociales de sociedades cuyos activos estén constituidos, por lo menos, en un 50% por inmuebles en España.
  • Las transmisiones de participaciones sociales a cambio de aportaciones de inmuebles, llevadas a cabo para constituir o ampliar el capital de sociedades, si entre la aportación y la transmisión no ha transcurrido un período mínimo de 3 años.

Ahora bien, la persona natural que vende su participación en una  sociedad de capitales, debe cancelar un impuesto directo por dicha operación.  La correspondiente  tributación varía según el beneficio obtenido:

  • Hasta 6.000 €, el gravamen es del 19%.
  • De 6.000 € hasta 50.000 €, el 21%.
  • A partir de 50.000 €, el 23%.

Para evitar hechos fraudulentos, el artículo 37 de la Ley del IRPF circunscribe la valoración de la transmisión. Indica que su valor no podrá ser inferior a:

  • El valor del patrimonio neto que corresponda a los valores transmitidos resultantes del balance correspondiente al último ejercicio cerrado con anterioridad a la fecha del devengo del impuesto.
  • El resultado de capitalizar al 20% el promedio de los últimos tres ejercicios.

Como todo lo referente a la tributación, constantemente se producen cambios en esta área. Por ello, es importante que cuentes con la asesoría de Kaizen Capital, quienes llevarán tu caso de forma profesional y personalizada, ayudándote a  que tomes la mejor decisión.