Oferta vinculante en la compraventa de empresas

Una oferta vinculante en la compraventa de empresas se trata de un acuerdo formal en el que tanto el comprador como el vendedor fijan el compromiso de empezar a negociar los términos basados en una oferta previa para el ofrecimiento y la adquisición, según sea el caso, de una compañía.

 

También llamado acuerdo de intenciones, este escrito reúne los principales elementos de la transacción. Su elaboración se hace necesaria debido a la cantidad de información confidencial que se maneja en las operaciones de venta y el capital en juego, por lo que se requiere entonces que haya un documento que de forma legal plasme esas condiciones y los propósitos de ambas partes.

 

En la oferta vinculante también se resumen los parámetros de la negociación, además de incluir una cifra referencial del monto de la propuesta. Del mismo modo, se reseñan los aspectos en los que hay que pactar, además de contener un límite de tiempo para llegar al contrato definitivo de compraventa. 

 

El acuerdo de intenciones es usado de igual forma como una de las exigencias del banco para otorgar una financiación, por lo que representa un paso ineludible y de gran importancia durante la operación de compra.

¿Por qué hablamos de oferta vinculante en la compraventa de empresas?

Se habla de ofertas de tipo vinculante porque en esta fase de la negociación, tanto comprador como vendedor quieren pisar terreno seguro.

 

A través de este acuerdo se da la garantía de que se esta negociando con seriedad, al momento de manejar temas confidenciales y sensibles de la empresa, por parte del vendedor, mientras que el comprador está invirtiendo una cantidad considerable de capital.

 

La exclusividad es otra consideración a resaltar a este respecto. A la hora de anunciar la venta de una empresa muchos pedirán entrar en exclusividad prontamente, por lo que el vendedor deberá mantenerse y avanzar en cada paso de la transacción, como está establecido.

 

La oferta vinculante debe reunir los aspectos siguientes

Este documento con las intenciones de compra y venta debe contener:

1) El resumen de todos los puntos plasmados en el contrato, avalados por la aceptación del vendedor.

2) La aceptación del comprador de llevar a cabo la transacción si el vendedor accede.

3) Debe estar dirigida al vendedor, para que su aceptación genere la vinculación, descrita en el artículo 1262 del Código Civil.

4) La oferta vinculante funge como un anclaje en lo concerniente al precio, por lo que a la hora de llegar a un acuerdo se tomará como una referencia, después de haberse solventado todos los detalles sobre la operación de venta.

La “invitatio ad offerendum” o solicitud de ofertas vinculantes

Es conveniente deslindar lo que se refiere a oferta en firme de venta y la solicitud de ofertas vinculantes. La oferta en firme de venta reúne todos los aspectos que se necesitan para cerrar la negociación, y posee la intención del vendedor de quedar obligado cuando esta es aceptada.

 

Enviar información es considerado como una invitación para hacer ofertas. Así que para que una “invitatio ad offerendum” no se confunda con una oferta en firme es indispensable:

1) Que se declare explícitamente que lo presentado es una invitación a presentar ofertas vinculantes para el comprador.

2) Que se subraye que no obliga al vendedor, que podrá rechazarlas o aceptarlas según su conveniencia.

3) Que este documento no presenta una responsabilidad para el vendedor, si este no acepta.

La “invitatio ad offerendum” debe ser detallada y clara, para evitar cualquier tipo de conflictos legales. Además debe plantear las obligaciones y los requisitos de las ofertas vinculantes, para todos aquellos interesados en subir de nivel después de la invitación.